Según la gacetilla de prensa de la AFIP Número 2638 publicada el 5 de mayo de 2010 el régimen de Arrendamiento de campos es el siguiente:
Operaciones inmobiliarias de arrendamiento de campos
- Es para los contratos de alquiler que superen los $8.000 y para los arrendamientos de más de 30 hectáreas
- Los propietarios deberán inscribirse a través de la web del servicio Registro de Operaciones Inmobiliarias en la web del organismo
- Los inquilinos podrán solicitar una copia de la constancia donde figuren los datos del contrato que firmó
- El régimen entrará en vigencia en agosto de 2010
El régimen de la AFIP para arrendar campos propone que los contratos de alquiler que superen la suma de $8.000 o que sean arrendamientos de mas de 30 ha (hectáreas). Esto quiere lograr un beneficio por parte del inquilino arrendatario.
ABREN INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FISCAL Y ADUANERA PARA GARANTIZAR EL COMERCIO Y LAS INVERSIONES TRANSPARENTES
- El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray firmó en Nueva Delhi dos acuerdos de intercambio de información.
- Argentina es primer país de Latinoamérica con el que India firma un acuerdo de estas características.
- Con Shri S. Dutt Majumder, director del Comité Central de Impuestos Especiales y Aduanas de la India selló un acuerdo de intercambio de información aduanera.
- Mientras que con Prakash Chandra, miembro adjunto del director de la Junta Central de Impuestos Directos de la India se suscribió el documento de intercambio de información tributaria.
Nuevas tablas a aplicar para el cálculos de las retenciones sobre sueldo, jubilaciones y pensiones y los anticipos a ingresar.
GENERALIDADES:
En línea con el objetivo permanente del Poder Ejecutivo Nacional de instrumentar medidas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores esta Administración Federal de Ingresos Públicos ha resuelto disponer un nuevo incremento del 20% (VEINTE POR CIENTO) de los importes de las deducciones personales del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2011.
En tal sentido:
- Se aprueban nuevas tablas indicativas de los importes de las deducciones acumuladas en cada mes calendario aplicables a los efectos de la determinación del importe a retener por parte de los agentes de retención y Se adecua el procedimiento especial para el cálculo de los anticipos.